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Política

Quieren terminar con “conflicto de intereses” y contratación de parientes en el Estado

Cámara de diputados. (Foto Diputados).

Cámara de diputados. (Foto Diputados).

Un anteproyecto de Ley que define, previene y sanciona la figura del “conflicto de interés”, y amplia los alcances de la Ley 5295/2014, que prohíbe el nepotismo en la función pública, se debatirá esta noche en un panel virtual de acceso libre en las redes sociales de Facebook, YouTube y Zoom, convocado por el Frente Parlamentario contra la Corrupción y la Impunidad, creado en año pasado en la Cámara de Diputados.

Según señaló a El Nacional el diputado liberal Edgar Acosta, tal iniciativa guarda relación con la necesidad de transparentar la función pública, y “bajar al terreno legislativo” herramientas jurídicas presentes en diversos convenios internacionales ratificados por nuestro país, y que no forman parte de corpus jurídico paraguayo.

“Como país hemos firmado convenios internacionales con relación a transparencia, a lucha contra la corrupción, pero nunca bajamos al terreno legislativo; este es el primer proyecto que busca establecer la diferencia entre el interés privado y el interés público; se trata de un conflicto habitual en la función pública que no está penalizado, no tiene sanciones”, explicó el legislador.

Convocatoria al panel de esta tarde en las redes sociales. Foto: FP

De hecho, el texto del anteproyecto, señala la necesidad de plasmar en una norma específica los compromisos asumidos internacionalmente, e incorporados a nuestra legislación, como la Ley N° 977/1996, que aprueba la Convención Interamericana contra la corrupción;  la LEY Nº 2535/2005, que ratifica la Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción; y la Ley Nº 2298 / 2003, referente a la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada trasnacional.

Los legisladores afirman que la legislación paraguaya contiene referencias normativas, pero “someras e indirectas”, y mencionan las leyes  1626/2000, de la Función Pública; 2523 /2004 sobre enriquecimiento ilícito y tráfico de influencias, y la 2777 /2004, que prohíbe en nepotismo en la función pública, entre otras. Incluso, señalan el Decreto N° 3506/2020, que reglamenta la Ley N° 6524, que declara el estado de emergencia nacional por la pandemia de Covid-19, la “única norma nacional que define específicamente conflictos de intereses”.

Caso testigo

La iniciativa define el conflicto de intereses como la “situación actual o potencial de colisión o tensión en la que el interés privado de quien ejerce función o el deber público puede interferir o ser contrario o adverso a los intereses públicos, o influir indebidamente en el ejercicio de las funciones públicas que desempeña”.

El liberal Acosta echa mano del reciente caso del titular de la Empresa de Servicios Sanitarios del Paraguay (ESSAP) Natalicio Chase, quien recientemente fue señalado por ser a la vez representante legal de una empresa que ganó varias licitaciones públicas en el Ministerio de Obras Públicas (MOPC).

“El punto es el siguiente, voy a estar ocupado viendo cómo garantizar el servicio de agua a la ciudadanía, o atendiendo el portal de Contrataciones Públicas para ver en qué licitación puede entrar la empresa de la que soy accionista”, indicó Acosta.

La iniciativa crea en la órbita de la Contraloría General de la República (CGR) un registro de declaraciones juradas de intereses a la que están obligadas todas aquellas personas con cargos jerárquicos en la administración pública y empresas del Estado, a la vez que obliga a las autoridades, desde el Presidente para abajo, parlamentarios, ministros y titulares de entes autónomos y autárquicos a “enajenar o renunciar a su participación en la propiedad de empresas proveedoras de bienes o servicios al Estado o que presten servicios sujetos a tarifas reguladas, o exploten concesiones otorgadas por el Estado, incluidas las concesiones de televisión y de radio”.

“Los conflictos más comunes se da con funcionarios públicos que ocupan un alto cargo, terminan su mandato munidos de mucha información y después van al sector privado con todo ese bagaje informativo”, señaló Acosta. “Esto ya lo hemos visto, con casos en la INC (Industria Nacional del Cemento), que después de cinco años en el cargo se va la competencia privada, o en el BCP (Banco Central del Paraguay), donde el presidente después va como gerente de un banco privado, con toda la ventaja de conocer a fondo cómo funciona nuestra matriz financiera”, argumentó.

Nepotismo

Sobre el nepotismo, también uno de los fenómenos más comunes que se observan en la administración pública paraguaya, con denuncias recurrentes de violación a la Ley  5295/2014 que lo prohíbe, Acosta indicó que este marco jurídico es muy endeble porque “no establece sanciones”.

“Por eso es que hay colegas que tienen a su esposa y su hijo, y a veces a toda su parentela en el Congreso, el Ejecutivo, binacionales”, argumento.

En tal sentido, el anteproyecto de ley amplía los alcances del artículo 1 de la 5295 extendiendo las restricciones para la contratación de familiares en la función pública hasta el cuarto grado de consanguinidad, “excepto que los ingresos se hagan por concursos públicos de oposición, que haya transparencia”, afirmó Acosta.

El reciente caso del titular de la ESSAP Natalicio Chase sirvió como ejemplo de conflicto de intereses al diputado Edgar Acosta. Foto: Archivo

El legislador estimó que el proyecto enfrentará “mucha resistencia de parte de la clase política, que va a ver comprometidos sus intereses y sus influencias”. “Imagínate un diputado un ministro que tenga una empresa a nombre de su esposa y su hermano, va a tener que vender sus acciones; tendrá que poner en la balanza, o me quedo en el sector privado o soy servidor público, pero los dos no va a poder ser”, argumentó.

El proyecto estable sanciones que van desde multas bien altas, 50% del salario o dieta, y la inhabilitación para ejercer cargos públicos.

El panel de este jueves a las 19:30 contará con la participación de los diputados Acosta, Kattya González, Tito Ibarrola, Norma Camacho, y el abogado constitucionalista Hugo Estigarribia; y está apoyado por CEAMSO y la agencia de cooperación de los Estados Unidos USAID.

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