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Política

Senado aprueba nueva ley de “autoblindaje” de parlamentarios

El Senado aprobó nuevo "autoblindaje" esta tarde. Foto: Captura de Pantalla.

El Senado aprobó nuevo "autoblindaje" esta tarde. Foto: Captura de Pantalla.

La Cámara de Senadores aprobó esta tarde la reglamentación del artículo 201 de la Constitución Nacional referente a la pérdida de la investidura de los parlamentarios, en una accidentada sesión extraordinaria que tuvo la oposición del cartismo, parte de sus aliados y de la bancada de Patria Querida, que luego de la aprobación en general del proyecto abandonó el recinto virtual, pese a los pedidos de Juan Carlos Galaverna y Antonio Barrios para que permanecieran.

El proyecto era impulsado por el titular del Congreso, Óscar Salomón, y resulta el tercer intento por parte del Senado de reglamentar el proceso conducente a despojar de su investidura a un parlamentario. Las dos iniciativas anteriores cayeron, la última fue vetada por el Ejecutivo y finalmente derogada por el mismo Senado.

El debate de esta tarde recogió opiniones de todo el arco político, especialmente en lo relacionado a la cantidad de votos necesarios para la destitución, pero ninguna de las mociones para modificar la mayoría simple estipulada en el proyecto prosperó.

La iniciativa, que pasa ahora a la Cámara de Diputados, establece la extinción de una causa si no se resuelve en un plazo de cinco meses, y requiere de un mínimo de 15 votos para dar ingreso al pedido de pérdida de investidura.

La votación se cerró con 23 senadores por la aprobación, 11 en contra, y 11 ausentes.

Nuevo blindaje

La reglamentación del artículo 201 llega justo en momentos en que el Senado tramita la destitución del cartista Javier Zacarías Irún, y la del oficialista Rodolfo Friedmann que fue postergada indefinidamente, y de resultas de la letra de esta nueva reglamentación ambas podrían ir al archivo.

En el caso de Zacarías, el pedido impulsado por Patria Querida no cumple con lo estipulado sobre el respaldo de 15 senadores para autorizar su estudio, y en lo relacionado a Friedmann, su causa podría fenecer si en el plazo de cinco meses la justicia no responde los requerimientos del Senado sobre su situación.

Si se tomaran en cuenta sólo estos dos casos, se podría sostener que el país está de nuevo frente a otro intento de “autoblindaje” de los parlamentarios.

Quienes respaldaron la iniciativa en la plenaria, argumentaron, con mucha lógica, sobre la imperiosa necesidad de encuadrar el procedimiento para la pérdida de investidura parlamentaria en los términos del derecho procesal, garantizando el debido proceso y el derecho a la defensa. De hecho, el artículo 9 enmarca el proyecto de Ley en el artículo 17 de la Constitución Nacional, y el artículo 8 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos.

Pero quienes se oponen, como el filo cartista Enrique Riera, que promovía la destitución de su colega Friedmann, argumentan que la reglamentación del 201 es inconstitucional, y que esta nueva ley estaría “instituyendo la dictadura de la mayoría, porque pone requisitos excluyentes para cualquiera de las minorías del Senado pueda impulsar ningún juicio político, ni por mandato del directorio de sus partidos, ni aunque se lo pidan todos sus afiliados”.

El colorado Juan Darío Monges, que ostenta el récord de no haber votado nunca por la destitución de ninguno de los seis senadores que perdieron su investidura, argumentó que “el uso indebido de influencias del que habla el artículo 201 es un delito, y la única instancia para comprobarlo, ya que dice fehacientemente comprobado, es el Poder Judicial”.

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