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Opinión

Ganar al hermano

15(Jesús dijo:) “Si tu hermano llega a pecar, ve y corrígele, a solas tú con él. Si te escucha, habrás ganado a tu hermano. 16Si no te escucha, toma todavía contigo uno o dos, para que todo asunto quede zanjado por la palabra de dos o tres testigos. 17Si les desoye a ellos, díselo a la comunidad. Y si también desoye a la comunidad, considéralo como al pagano y al publicano. 18Yo os aseguro que todo lo que atéis en la tierra quedará atado en el cielo, y todo lo que desatéis en la tierra quedará desatado en el cielo. 19Os aseguro también que, si dos de vosotros se ponen de acuerdo en la tierra para pedir algo, sea lo que fuere, lo conseguirán de mi Padre que está en los cielos. 20Porque donde están dos o tres reunidos en mi nombre, allí estoy yo, en medio de ellos”.

[Evangelio según san Mateo (Mt 18,15-20) — 23º domingo del tiempo ordinario]

En este día del Señor, la liturgia de la palabra se centra en una gravitante praxis eclesial que gira en torno a la comunión en el marco de la convivencia comunitaria. El tema se plantea en el contexto del denominado “discurso eclesial” (Mt 18,1-35). El Evangelio presentado por Mateo, de hecho, es el único, entre los cuatro evangelios canónicos, que reporta el vocablo “iglesia” (griego: ekklēsía), razón por la cual se le conoce como el “Evangelio eclesial” (Mt 16,18; 18,17 [2veces]).

En toda sociedad y en las comunidades es un imperativo aprender el “arte de la convivencia”. Esta necesidad básica parte del hecho de la diversidad humana, de la variedad de convicciones, ideas y cosmovisiones, caracteres, posiciones morales, políticas y económicas. La comunidad eclesial no es ajena a la diversidad y a los contrastes entre sus miembros. Por eso, basada en los principios evangélicos, establece un sistema de relaciones capaz de regular y resolver los conflictos mediante el mecanismo pedagógico de la “corrección fraterna” (Mt 18,15-20).

Se trata de restablecer la paz, de buscar una salida justa a las disputas y antagonismos que se suscitan. La comunidad cristiana, en razón de su ideal de “comunión”, busca restituir la fraternidad entre sus miembros cuando han surgido contrariedades y discordias. Las rencillas y litigios entre hermanos alteran la armonía y la concordia comunitarias. En estos casos, Jesús plantea el careo directo con el hermano que ha caído en falta. Ante el eventual fracaso de la primera intervención se prevén dos intentos más con el fin de persuadir al “infractor” y proponer varias instancias de recuperación a quien ha transgredido el “estatuto” de la convivencia.

En el primer intento, “si el hermano llega a pecar”, se recomienda al que tiene la misión de corregir que se acerque al “injusto”, a solas, para que la cuestión quede zanjada entre el “trasgresor” y el “censor” (Mt 18,15a). Se recomienda una censura cercana, personal, “amable”, diríamos; un encuentro privado de interpelación. Hay manuscritos que traen la versión “contra ti”, es decir, “si tu hermano peca contra ti” que no parece aceptable por ser más extensa (lectio longior) y restrictiva, al mismo tiempo. La expresión “si tu hermano llega a pecar” es más breve (lectio brevior) y amplia e incluye al que “peca contra ti”. Pero esta última frase, en cambio, no involucra la anterior.

Este procedimiento puede tener dos respuestas posibles: Por un lado, el “pecador” puede “escuchar”, hacer caso, considerar en serio la amonestación, cambiar de actitud y enmendar el error. Si se da esta respuesta “positiva”, Jesús afirma: “…habrás ganado a tu hermano” (Mt 18,15b). “Ganar al hermano” no implica simplemente la reconciliación entre el “ofensor” y el “interventor” dado que no necesariamente se trata de un problema personal entre los dos. El pecado de uno solo afecta a la comunidad, altera e incomoda a los demás que procuran adecuarse a los principios rectores de la vida eclesial. En realidad, todo pecado tiene implicancias comunitarias, aún el más privado e individual, en razón de la estructura personal y sociocomunitaria del creyente.

No se plantea, por consiguiente, un simple reconocimiento de la transgresión que termine en una petición de perdón y un efusivo abrazo, cargado de un mero componente afectivo y de momentánea duración. Lo que se requiere es recuperar al hermano para la comunidad eclesial con miras al proyecto del Reino de los cielos. Y esta meta es fundamental porque es de carácter testimonial para la causa de Jesús. Hace a la credibilidad del mensaje que los discípulos deben comunicar en un ambiente descreído y a veces hostil. Por eso, necesariamente implicará un proceso: Curar las heridas, restablecer la justicia, retornar a la casa del Padre, como diría san Lucas en su relato de la parábola del “hijo menor” que se alejó y después de evaluar su situación de pecado retornó a la casa paterna (cf. Lc 15,11-32).

La segunda interpelación se daría ante el fracaso del primer intento, cuando el “pecador” no ha escuchado la amonestación y no ha asumido su condición de “trasgresor” o porque no ha reconocido la falta que se le atribuye. Ante esta situación, se recomienda al “corrector” que lleve consigo uno o dos miembros de la comunidad de tal manera que “todo asunto quede resuelto por la palabra de dos o tres testigos” (Mt 18,16). El expediente jurídico que fundamenta este procedimiento tiene su origen en el libro del Deuteronomio, en el apartado sobre “los testigos” (Dt 19,15-21). El texto veterotestamentario de referencia establece: “Un solo testigo no bastará como prueba contra un hombre, sea cual sea la culpa o delito que haya cometido. Una causa solo podrá ser fallada por un tribunal tras oír la declaración de dos testigos o por declaración de tres testigos” (Dt 19,15). Con este recurso se procura generar mayor impacto e incidencia en el “pecador” con el fin de moverlo a la conversión. En este caso, como en el anterior, se dan las dos posibilidades. Las expresiones “zanjar” o “resolver” conllevan la idea del cambio o “conversión” —aunque no se diga explícitamente—.

La tercera y última tentativa se daría en el caso de que el “trasgresor” “desoiga” (griego: parakúō) la amonestación de los “dos o tres testigos” (Mt 18,17). La expresión verbal indica una acción mediante la cual se “rechaza la escucha” o, simplemente, “no se presta atención” o se “hace caso omiso” a la interpelación. Esta iniciativa, reiterativa (la “tercera vez”) supone un grado importante de paciencia y de insistencia; y se demuestra, así, el interés real por la recuperación del hermano que ha optado por un camino diverso y se ha apartado del “camino” comunitario. Si bien en este punto ya no se afirma la posibilidad de la conversión, también hay que presuponerla porque el planteamiento se formula con una cláusula hipotética.

La recurrencia a la “comunidad”, es decir, a la “Iglesia” o “asamblea” de hermanos, es el último referente de corrección para el “pecador” (Mt 18,17a). Esta comunidad, y cualquier “segmento” o “porción” del “pueblo de Dios”, no se identifica con una simple asamblea ciudadana reunida con el fin de debatir asuntos de interés común sino con la Iglesia mesiánica convocada por Cristo para escuchar su palabra y celebrar los misterios de la fe que iluminan la vida de los creyentes en el complejo entramado del mundo (Mt 18,17b). Si, llegado hasta este punto, el trasgresor se mantiene obstinado y no admite la corrección debe ser considerado como un “pagano” (griego: eznikós) y un “publicano” (griego: telōnēs).

Los “paganos” son los “gentiles”, en oposición a los judíos. Aquellos no forman parte de la comunidad de creyentes como estos últimos. En general son politeístas o rinden pleitesía a “ídolos”, “hechura de manos humanas” (cf. Sal 115,4-8). Los “publicanos”, por su parte, son los “recaudadores de impuestos” quienes, perteneciendo al “pueblo de la alianza”, eran considerados “impuros” y no aptos para acceder al templo en razón de su despreciado oficio (cf. Lc 18,9-14). Desoír a la comunidad, no atendiendo su requerimiento de cambio de conducta, en consecuencia, tiene como grave consecuencia el oscurecimiento de la identidad cristiana para adquirir el status de referentes extracomunitarios que han optado por permanecer en el ámbito del pecado, exponiéndose a quedar fuera del alcance de la gracia salvífica.

Aquí se puede pensar en la acción sugerida por Pablo a los cristianos de Corintos, en el caso del “incestuoso” (cf. 1Cor 5,2). No se trata de la pena de la “excomunión” establecida en el Código de Derecho Canónico (cf. cánones 1364-1398) sino de una decidida estrategia pedagógica que tiende a evacuar el “mal” comunitario. El verbo griego aírō, empleado por Pablo, es una “recomendación” disciplinaria que ponga fin al pecado que puede expandirse y contagiar a los demás, sobre todo en una comunidad “licenciosa”, “fragmentada” y “heterogénea” como era Corintos. Nunca puede ser una sanción definitiva sino una fuerte punición pedagógica con el fin de recuperar al malhechor.

Después del proceso pedagógico planteado, Jesús confiere a la comunidad el “poder de las llaves”, el mismo “poder” conferido a Pedro con el fin de interpretar, autorizadamente, la voluntad de Dios en la historia (Mt 16,16-20). “Atar” y “desatar” son dos extremos de un todo, como el “abrir” o “cerrar” las puertas, con evidentes connotaciones hermenéuticas y disciplinarias, necesarias para la buena marcha comunitaria. La decisión que con sabiduría asume la comunidad será refrendada en el ámbito celestial (Mt 18,18). Con esta aseveración, Jesús convalida lo que la Iglesia ha decidido en materia de “pecado” y “conversión”, de “sanción” o “absolución”.

Jesús concluye su enseñanza, “reiterando” (griego: pálin), de modo solemne (hebraísmo: amēn) su presencia en medio de la comunidad: “Nuevamente, os aseguro que, si dos de vosotros se ponen de acuerdo en la tierra para pedir algo, sea lo que fuere, lo conseguirán de mi Padre que está en los cielos” (Mt 18,19). Esta expresión “sea lo que fuere”, traducción de la Biblia de Jerusalén, no me parece exacta porque es difusa e indeterminada, muy amplia y peligrosa porque puede suponer “cualquier cosa”. El “acuerdo” (verbo: symphōneō), en realidad, no se refiere “a cualquier cosa” sino a perí pantós prágmatos. Esta expresión griega puede traducirse por: “en torno a todos los eventos” relacionados con la corrección fraterna. Jesús está hablando de este tema, dándole una dimensión teológica porque la Iglesia no es una simple organización social sino el “cuerpo vivo” fundado por Dios mediante su Hijo Jesucristo. Por eso, la cuestión radica en el vocablo griego prágma que, según el contexto, se refiere al resultado de la intervención comunitaria en un litigio determinado. El clima es de oración, pues se trata de una “petición” dirigida al Padre del cielo que donará la sabiduría necesaria para zanjar felizmente la controversia (cf. G. Schneider).

En estrecha relación con la dimensión teológica, Jesús añade a la acción eclesial —para la corrección fraterna— la dimensión cristológica: “Porque donde están dos o tres reunidos en mi nombre, allí estoy yo, en medio de ellos” (Mt 18,20). No se requiere, por tanto, la convocación plenaria de toda la comunidad sino “dos o tres” como en la “segunda tentativa” (cf. Mt 18,16). No será necesario, en consecuencia, poner en movimiento toda una parafernalia para resolver el problema generado por un pecador. La presencia de Jesús, en medio de la comunidad orante, está en línea con “la teología del Enmanuel”, es decir, del “Dios con nosotros” (cf. Mt 1,23; 28,20). Mateo enseña a su comunidad que Jesús, muerto y resucitado, permanecerá en el centro de la vida eclesial de distintos modos hasta la consumación de la historia.

En conclusión: Esta particular enseñanza eclesial de Jesús tiene el objeto de despertar la conciencia de la corresponsabilidad comunitaria. Nadie vive en la Iglesia como una “isla” sino en el “tejido” de una “red” de relaciones. La finalidad de la “corrección fraterna”, en sus diversas fases y posibilidades, consiste en “ganar al hermano”, “recuperar” al pecador o infractor que ha transgredido el “código” de los principios cristianos de convivencia. Por eso, bajo ningún sentido se debe eliminar al hermano que ha caído en falta porque no es un “enemigo” sino un hermano débil que no tuvo la suficiente fuerza para mantenerse en la fidelidad a Cristo.

Toda la estrategia diseñada y aplicada, por eso, debe tender a restablecerlo, acompañarlo para que dimensione el mal cometido. Se debe procurar que el “ofensor” reconozca y tome conciencia de su error y se enmiende. Con el auxilio de quienes lo interpelan deberá procurar restablecer la justicia conculcada porque la Iglesia fue instituida para predicar y testimoniar el Reino de los cielos y luchar contra el mal (cf. Mt 16,18-19). Cuando resulta difícil recuperar al hermano por la vía de la corrección fraterna se debe prever una fuerte amonestación y un exigente reclamo a la conversión con el fin de recuperar la concordia y la unidad en la comunidad eclesial. No se trata de una reconciliación en “apariencias”, de la obtención de una “paz” ficticia e hipócrita, con visos de formalidad y de mera fachada sino de una profunda revisión de los principios y valores que están en juego; y de un serio propósito de enmienda y de conversión. Por eso, la acción eclesial tiene un componente teológico y cristológico para que toda acción comunitaria tenga el respaldo de Dios y de Jesucristo.

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