Surgen llamativas incongruencias sobre millonario cobro de la decana de Politécnica UNA
Los registros muestran que se desempeña como decana, funcionaria comisionada del rectorado, profesora titular, docente técnico y profesora adjunta, lo que hay dudas sobre su cumplimiento de funciones atendiendo a que debe cumplir horarios.
Desde hace unos días es centro de debate la situación de la decana de la Facultad de Politécnica de la Universidad Nacional de Asunción (UNA), Silvia Teresa Leiva León, quien por lejos gana más que el propio presidente de la República, Santiago Peña.
La discusión y la denuncia de propios alumnos y representantes de Politécnica UNA, guarda relación al cumplimiento de sus funciones y lo que percibe la decana. Porque en los registros oficiales del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), figura que todos los meses cobra por encima de los G. 43 millones por ser decana, docente técnico, profesor titular, profesor adjunto y funcionaria del rectorado comisionada a Politécnica.
Piden investigar
Leiva León como decana cuenta con un rubro denominado: "Decano", presupuestado en G. 8.210.930. Además de una bonificación por responsabilidad en el cargo, autoasignado por ella misma en 200% de su rubro como Decano, es decir, por lo que percibe solo con estos indicadores: G. 16.000.000.
También es funcionaria del Rectorado de la UNA y desempeña funciones como Docente Técnico I en la Dirección Académica de la FP-UNA, ya que la misma ha solicitado su propio comisionamiento a la Facultad Politécnica.
"Esto se verifica en la planilla de comisionados disponible en la página web de la institución. Este cargo está comisionado desde el Rectorado a la Facultad Politécnica hasta el 31 de diciembre de 2025, de acuerdo con la Resolución del Rectorado N° 1831/2024. Conforme a la Resolución N° 0343/2018 del Consejo Superior Universitario, dicho cargo requiere una dedicación mínima de 30 horas semanales", sostienen los denunciantes.
Los cargos
La decana posee varios cargos como docente escalafonada en la Politécnica, incluyendo: tres cargos de Profesor Titular y un cargo de Profesor Adjunto, enseñando asignaturas como: Cálculo VI, Modulación II, y otros.
Dedicación plena
Lo resaltante del caso es que el cargo de Decano, según el artículo 85° del Estatuto de la UNA y la misma Resolución N° 0343/2018, establece como requisito la dedicación plena durante el horario de funcionamiento de la Facultad.
"Esto quiere decir que mientras la facultad esté abierta, el Decano no puede desempeñar otra función que no sea la de DECANO, exceptuándose el ejercicio de la docencia (profesor de aula), por ende, es compatible con sus rubros de docente escalafonado, pero incompatible con su rubro de Docente técnico I por el cual cobra G. 6.316.100. Por lo tanto, este cobro, se consideraría: ilegal, puesto que debió solicitar permiso sin goce de sueldo a este rubro", insistieron en otro momento.
En lo que guarda relación sobre el horario de funcionamiento de la facultad, el mismo se encuentra establecido y enmarcado por la Resolución 23/25/54-00 del Consejo Directivo de la FP-UNA, que en su artículo 11 dice claramente que el "Decano realizará sus funciones de 07:00 a 22:15". No existe horario disponible para cumplir funciones como docente técnico.
Finalmente sostuvieron que, si bien el estatuto permite que un decano ejerza la docencia, el artículo 118° "dispone que los docentes escalafonados pueden solicitar permisos para realizar actividades docentes en horarios de otras funciones académicas", siempre que compensen las horas utilizadas para la docencia.
En este contexto, la excepción principal a la prohibición de la doble remuneración para los empleados públicos, según la Constitución Nacional y reglamentaciones posteriores, corresponde al ejercicio de la docencia, siempre que los horarios no se superpongan y las funciones se cumplan efectivamente.
