Dos perros de la raza rottweiler fueron brutalmente asesinados en San Lorenzo
Dos perros de la raza rottweiler fueron asesinados cruelmente en la zona de Capilla del Monte, San Lorenzo. Los animales tenían rastros de heridas de gancho, también alambres en el cuello y cinta de embalar en el hocico y cuello.
La directora de Defensa, Salud y Bienestar Animal, Teresita Álvarez, fue hasta el lugar junto con una comitiva fiscal, y pudo constatar lo sucedido. Una vecina de la zona manifestó que encontraron a los animales el domingo y no corresponden a vecinos del lugar. Por el olor que expedían, se constató que ambos animales también fueron quemados.
Álvarez comentó que los perros fueron hallados cerca del Juzgado de San Lorenzo, a media cuadra de la avenida Concepción Arecayá, y que esperan poder dar con cámaras de circuito cerrado que puedan identificar a los responsables. El caso está siendo investigado por la Unidad Penal 9, a cargo de la fiscala Zully Figueredo y la asistente Rosa Bruno.
Sanciones
Los casos de maltrato denunciados en las comisarías o en la Dirección Nacional de Defensa, Salud y Bienestar Animal son hechos que suceden en la vía pública o el ámbito privado. Por eso surgen las leyes para el cuidado de mascotas luego de una extensa lucha de organizaciones encargadas de la protección y adopción de los animales desamparados.
En la actualidad, se puede realizar las denuncias en diversos lugares para que las autoridades intervengan. En la misma página de la Dirección Nacional de Defensa, Salud y Bienestar Animal se habilitó la opción para hacer las denuncias y seguir con el marco legal del proceso penal.
En la modificación de la ley 5892/17, se tiene como objeto la modificación de dos artículos, específicamente el 10 y 38, que se refieren a las sanciones y a la creación de la unidad especializada de protección animal conforme a su capacidad presupuestaria, la cual estará integrada por personal capacitado en medicina veterinaria, biología o carreras afines, de modo a que se pueda intervenir en los casos de violencia contra animales domésticos considerados como mascotas y poner a disposición de las autoridades a los animales maltratados para su resguardo conforme a las disposiciones legales aplicables y la pena carcelaria, si así se dictamina.
En el artículo 38, se alega que las infracciones graves serán de acción penal publica y castigada con pena de libertad de hasta 2 años con multa, y, en caso de que el animal doméstico considerado mascota resulte muerto, se aplica la prohibición de poseer otras mascotas por un plazo de hasta 10 años.
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