Una gran polémica generaron las declaraciones de Miguel Caballero, agente de Represión al Contrabando de la Aduana, quien aseveró que las personas que viven a más de 20 kilómetros de Clorinda no pueden efectuar compras en dicha ciudad, es decir, los pobladores de Capiatá, Itauguá y otros no tienen permitido hacerlo.
De acuerdo a la entrevista de Caballero con la 1080 AM, la legislación establece que las compras en el extranjero son permitidas solamente para el abastecimiento de la población fronteriza de la línea paralela de 20 kilómetros, entonces la persona debe registrar su domicilio mediante el certificado de vida y residencia. Además, dijo que esto es permitido por una sola vez en el mes hasta 300 dólares por persona.
"Esto queda en los registros del sistema, la persona que llega con su factura y su RUC, se registra para esa operación y eso queda registrado dentro del sistema y no puede volver en el mes", advirtió.
Pese a que la legislación dice que es por persona física, Caballero dijo que aplica toda vez que no sea una persona del mismo núcleo familiar. "Esto se puede mal utilizar también, tenemos que controlar, lógicamente de mala fe si en un vehículo ingresan cinco personas del mismo núcleo familiar no podemos estar permitiendo tampoco que ingresen mercaderías por 1.500 dólares", remarcó.
Señaló que se controlará la documentación correspondiente y que, además, esto aplica toda vez que las mercaderías ingresadas sean en cantidades razonables para el propósito de abastecer la canasta básica familiar de esa familia.
"Esto es un plan nacional, la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios va controlar la emisión de facturas de los locales de Puerto Elsa, entonces lógicamente el ciudadano que va a comprar necesita la emisión de facturas para hacerlo de la manera transparente y legal", finalizó.
Esto lo señaló el funcionario Miguel Caballero, de Represión al Contrabando de COIA a Radio Monumental AM.