Nacionales
Dinavisa incauta vapeadores sin registro que superan el límite de nicotina permitido
Vapeadores. Foto: Radio Uno.
El Dr. César Cristaldo, titular de la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (Dinavisa), advirtió sobre la incautación de vapeadores que se comercializaban sin la inscripción requerida y que, superarían la concentración del 2 % de nicotina, que es la cantidad permitida para su comercialización.
“Estos productos no están habilitados para ser comercializados. Este proceso fue propio de Dinavisa, pero también respondemos a denuncias que podamos recibir”, señaló Cristaldo a la 650 AM.
A través de una investigación realizada mediante inspecciones a establecimientos de venta de este producto, detectaron que productos son ofertados en farmacias y comercios varios. El producto mencionado y comercializado, no cuenta con autorización sanitaria que respalde su seguridad, por lo que su importación, tenencia, uso, distribución y comercialización es ilegal.
“Una vez culminada la fiscalización, el proceso continúa con la remisión de estas actas y los informes a la Dirección Jurídica de Dinavisa que es la que abre el sumario correspondiente (…) El sumario puede incluir una multa, un apercibimiento, el cierre del local y en el caso de que corresponda, remitir la denuncia al Ministerio Público”, añadió.
Recordemos que, a través de la Resolución DNVS D.G. N.º 153 /2021, la Dinavisa estableció los requisitos necesarios para la inscripción, habilitación de establecimientos dedicados a la importación, exportación, elaboración, distribución y comercialización de empresas que trabajen con dichos productos y sustancias, y los procedimientos para el trámite de inscripción y habilitación de estos.
La institución debe expedirse, una vez presentadas las documentaciones requeridas, en un plazo no mayor a noventa días corridos desde la fecha de presentación, siempre y cuando se haya dado cumplimiento en su totalidad a los requisitos legales y técnicos correspondientes. En tanto que, la Constancia de Inscripción tendrá un periodo de vigencia de 5 años.
“Los vapeadores requieren una constancia de inscripción, que básicamente es que la agencia pueda constatar los niveles de nicotina y demás. En cuanto a las comercializadoras, ya no corresponde a Dinavisa controlar la venta producto por producto”, sentenció el profesional.
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