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Fiscalía apelará decisión del Tribunal que otorgó solo 15 años a hombre que cometió feminicidio
Feminicidio. Foto ilustrativa
La Fiscalía apelará la condena de 15 años que el Tribunal de Sentencia otorgó a un hombre que disparó a su joven pareja de 17 años, por haberla visto realizar una videollamada y posteriormente no querer entregarle el celular. La Justicia cambió la carátula de feminicidio por el de homicidio para sentenciar a una condena de la mitad de años que solicitó el fiscal.
El fiscal Alberto Torres representó al Ministerio Público en un juicio oral y pidió 30 años de cárcel para un joven que mató de un balazo en la cabeza a su novia de 17 años. Sin embargo, el Tribunal de Sentencia cambió la calificación de feminicidio a homicidio doloso y condenó a 15 años de pena privativa de libertad al acusado, identificado como Anderson González Ocampos de 22 años.
Según los antecedentes, el crimen ocurrió el 20 de agosto de 2021 en una vivienda ubicada en el kilómetro 13 Monday, fracción Yhaguy, del distrito de Minga Guazú, resultando víctima fatal Antonia Noemí Sosa Gómez de 17 años.
En aquella ocasión, el ahora condenado llegó al lugar y encontró a la joven sentada frente a la casa, conversando a través de videollamadas con otras personas, situación que le habría molestado. Seguidamente, Anderson quiso saber con quién hablaba la chica y trató de despojarle del celular.
Al no conseguir su objetivo, el hombre se dirigió a su habitación y al rato regresó con un arma de fuego en mano y realizó un disparo que impactó en el rostro de la muchacha, quien cayó gravemente herida. El agresor la auxilió y trasladó inmediatamente hasta el Hospital Distrital del kilómetro 16, donde se produjo su deceso.
Tras el hecho, la Fiscalía imputó y pidió la prisión de González Ocampos, hasta llevar el caso a juicio oral. Durante la sustanciación del debate público, el fiscal Alberto Torres produjo numerosas pruebas documentales y testimoniales contra el acusado, y solicitó 30 años de prisión.
Pero, el Tribunal de Sentencia -presidido por Emilia Santos y conformado por Milciades Ovelar y Flavia Lorena Recalde- consideró que no hubo un ciclo de violencia en perjuicio de la víctima, por lo que estima que el hecho se configura como homicidio doloso y aplicó la pena de 15 años.
No obstante, el fiscal Alberto Torres considera exigua la sanción aplicada y anunció que apelará el fallo una vez que tenga a mano la copia íntegra del fallo judicial.
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