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Congreso de El Salvador aprueba leyes sobre ciberseguridad
Foto: DW
La amplia mayoría del oficialismo en el Congreso de El Salvador aprobó el martes (12.11.2024) dos leyes de ciberseguridad y de datos personales para mantener la confidencialidad de los registros en poder de instituciones estatales, además de reconocer el “derecho al olvido”.
Ambas iniciativas, presentadas por el Gobierno de Nayib Bukele, fueron aprobadas con 57 votos de los 60 diputados, todos del partido oficialista Nuevas Ideas (NI) y sus aliados.
La Ley de Ciberseguridad busca, según el decreto aprobado, establecer el marco legal y las políticas para “vigilar y fiscalizar” las medidas de seguridad de la información en poder de las instituciones públicas. Dicha ley crea la Agencia de Ciberseguridad del Estado (ACE) que, entre otras atribuciones, tiene la de “auxiliar a la Fiscalía General de la República, Órgano Judicial” en “actividades de pericia forense relacionadas con las funciones que realiza”.
Este ente también podrá imponer sanciones, como determinar el despido o destitución de funcionarios responsables de la seguridad cibernética de instituciones del Estado y multas que pueden superar los 36.000 dólares.
En tanto, la Ley para la Protección de Datos Personales buscaría regular “su recolección, uso, procesamiento, almacenamiento y otras actividades relacionadas” para “garantizar el derecho a la intimidad y a la autodeterminación informativa de las personas naturales”.
Esta norma indica que no se podrá solicitar la eliminación de datos “cuando sean necesarios para ejercer el derecho a la libertad de expresión, de información y prensa”.
“Los datos utilizados en estos casos deben cumplir con el principio de exactitud, es decir, no se pueden utilizar o difundir datos personales que sean inexactos, incompletos o desactualizados”, apunta la ley. También, reconoce el “derecho al olvido”, que incluye la potestad de “solicitar que se eliminen de los motores de búsqueda en internet las listas de resultados que se obtuvieran al realizar una búsqueda a partir de los datos personales” cuando sean “inadecuados, inexactos, no pertinentes, no actualizados o excesivos”.
Sobre este tipo de normas, la Relatoría de Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (RELE-CIDH) ha dicho que los medios de comunicación digitales “no pueden ser susceptibles de una orden de desindexación ni tampoco la supresión de un contenido en línea de interés público”.
Fuente: DW.
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