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Entre perpetua y libertad, el destino de los acusados por el crimen de Baéz Sosa depende de la calificación que impongan
Juicio de Fernando Báez Sosa. Gentileza
En las últimas semanas, los abogados que representan a los padres de Fernando instalaron el lema “si no es perpetua, no es justicia”. Sin embargo, los jueces pueden decidir entre al menos cinco delitos: tres de ellos implica que los acusados salgan en libertad.
Mañana a las 13, el Tribunal Oral en lo Criminal 1 de la ciudad de Dolores, dirá si condena o no a los imputados por el crimen de Fernando Báez Sosa. Si los considera culpables, los jueces deberán determinar si los ocho reciben la pena de prisión perpetua. La opción es que distinga roles entre ellos. De individualizarlos en el hecho y determinar diferentes responsabilidades, algunos podrían obtener la libertad en poco tiempo. Aquí, en qué figuras podrían encuadrarse los delitos y que penas prevé cada una.
“Homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas”: perpetua
Máximo Thomsen (23), Enzo Comelli (22), Matías Benicelli (23), Blas Cinalli (21), Ayrton Viollaz (23), y Luciano (21), Ciro (22) y Lucas Pertossi (23) llegaron a juicio imputados como coautores del delito de “homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas”, y el mismo fue sostenido en sus alegatos por los fiscales Juan Manuel Dávila y Gustavo García, y por los abogados que representan a los padres de la víctima.
Si los jueces María Claudia Castro, Emiliano Lazzari y Christian Rabaia hacen lugar a lo planteado por fiscales y particular damnificado y entienden que todos o algunos son coautores del mismo delito, la pena que les cabe es la prisión perpetua. En caso de que el tribunal considere acreditado uno solo de los agravantes, la pena será también de perpetua para aquellos que sean hallados penalmente responsables como coautores.
Si para los jueces existe una “incongruencia”: absolución
El abogado defensor de los ocho imputados, Hugo Tomei, planteó en su alegato ante el Tribunal que los ocho imputados sean absueltos ya que existió una “incongruencia” entre la imputación original con la que llegó a juicio y la que la fiscalía planteó en su alegato, pidió la nulidad del secuestro de los celulares y prendas de vestir de los imputados al momento de ser detenidos, y dedicó parte de su argumentación a cuestionar distintos procedimientos de la causa y el tratamiento mediático recibido por el hecho.
Homicidio en riña: libertad
Homicidio en riña es cuando un grupo de personas mata a otra pero no es posible determinar quién de todos terminó con la vida de la víctima. Tomei pidió que, de manera subsidiaria y en caso de ser condenados, a sus defendidos se los acuse de un “homicidio en riña”. Como los ocho acusados llevan tres años en prisión preventiva, “quedarían todos en libertad”.
De acuerdo a la evidencia presentada las trece jornadas de audiencia, la Fiscalía y la querella reconstruyeron el ataque, que duró 45 segundos. Enzo Comelli fue el que le dio el primer golpe, junto a Ciro Pertossi: uno por delante y otro por detrás. Es cuando Báez Sosa cae de rodillas al piso. Blas Cinalli aparece por detrás de Ciro, igual que Ayrton Viollaz. Y hay una persona más, que le pegó una patada a Fernando. Los fiscales apuntaron a Matías Benicelli, pero dijeron no tener demasiada certeza. En la ropa de Benicelli y en una de sus zapatillas encontraron ADN de la víctima. Máximo Thomsen está “sobre” Fernando, que está tendido en el piso, nunca se mueve de su lado. Luciano Pertossi alterna entre pegarle a Báez Sosa y pegarle a los amigos que intentaban defenderlo. Su primo, Lucas, filmó hasta el primer golpe. Luego se sumó a la paliza. ¿Quién lo mata? Para las partes acusatorias fueron todos.
Homicidio preterintencional: libertad
De acuerdo al código penal, el homicidio preterintencional es cuando, con el propósito de causar un daño en el cuerpo o en la salud de otra persona, se produce su muerte. Se tiene en cuenta que el medio empleado no debía razonablemente ocasionar la muerte. En ese caso, los acusados también podrían salir de prisión. El abogado defensor también planteó esta figura para sus asistidos.
“Homicidio simple con dolo eventual”: de 8 a 25 años de cárcel
Finalmente propuso que se los condene por un “homicidio simple con dolo eventual”: a los acusados debió habérseles ocurrido que, al estar golpeando de esa manera a Báez Sosa, podrían ocasionarle la muerte y, a sabiendas, continuaron con su accionar. Si los jueces condenan a los imputados por este delito, podría existir la opción de que les imponga una pena distinta a cada uno de ellos de acuerdo al rol desempeñado en el ataque a la víctima.
Fuente: Eldiario.ar
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