Editorial
Asociaciones criminales y la política
La firma de la Convención en Palermo (Italia), en diciembre de 2000, marcó un hito en el fortalecimiento de la lucha contra la delincuencia organizada. Al suscribir la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, la comunidad internacional demostró la voluntad política de abordar un problema mundial con una reacción mundial. Si la delincuencia atraviesa las fronteras, lo mismo ha de hacer el brazo de la ley. Si el imperio de la ley se ve socavado no solo en un país, sino en muchos países, quienes lo defienden no se pueden limitar a emplear únicamente medios y arbitrios nacionales. Si los enemigos del progreso y de los derechos consagrados procuran servirse de la apertura y las posibilidades que brinda la mundialización para lograr sus fines, nosotros debemos servirnos de esos mismos factores para defender los derechos y vencer a la delincuencia, la corrupción y la trata de personas.
Otro hecho similar se dio con la denominada Ley RICO (Racketeer Influenced and Corrupt Organizations Act), abreviado RICO o RICO Act y Ley de Organizaciones Corruptas e Influenciadas por Extorsión en español, una ley federal dictada en Estados Unidos el 15 de octubre de 1970. Esta normativa se opuso en un principio, y ante todo, a la extorsión (Puerto racketeering) de la mafia estadounidense y contra las actuaciones criminales dentro de los sindicatos y, en particular, del sindicato de transporte de camioneros. Es una base jurídica para combatir y condenar las actividades delictivas de mafiosos y de organizaciones delictivas del crimen organizado. Las leyes son claras, así como las sanciones impartidas.
Las intenciones y planes de castigar este delito están implementadas en otros países desde muchos años atrás; sin embargo, en Paraguay aún la lucha contra las asociaciones criminales lleva las de perder en esta carrera, a pesar de que existen instituciones y leyes creadas exclusivamente para combatirlas; sin embargo, no se ven las sanciones y estrategias claras, lo que lleva a la constante improvisación.
La falta de voluntad para aplicar medidas firmes y castigos ejemplares se refleja en la desidia de las autoridades. Un hecho sumamente grave fue la muerte del diputado Eulalio “Lalo” Gomes, quien fue abatido durante un allanamiento realizado por la Policía Nacional. Hasta hoy, persisten cuestionamientos y dudas sobre si se trataba de la policía de Paraguay o de Brasil, en el marco del operativo “Pavo Real II” relacionado con el narcotráfico.
Este episodio puso en tela de juicio a varias instituciones del Estado, sobre las cuales, hasta ahora, se cuestiona su proceder en este hecho. Sin embargo, no sería la primera vez que autoridades estén ligadas a hechos delictivos de este calibre. Todo esto se debería a la falta de sanciones claras y duras por parte de la justicia.
Al no hacer cumplir las leyes, se fomenta la continuidad de los delitos, lo que afecta negativamente tanto a la soberanía del pueblo como al Gobierno Nacional.
Entonces, lo que realmente falta es interés y determinación para hacer cumplir las leyes vigentes y combatir este flagelo, que ha causado tanto daño a la sociedad, y ha permitido una fuerte injerencia en las instituciones del Estado con total impunidad.
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