La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) emitió la Resolución General 47/2026, que regula por primera vez en el país el reporte obligatorio de operaciones con criptoactivos, con el objetivo de aumentar la transparencia y otorgar reglas claras a un mercado en expansión.
La normativa obliga a reportar las transacciones realizadas con criptomonedas a través del sistema Marangatu.
Esta obligación aplica tanto a propietarios o responsables de plataformas que operan con criptoactivos como a personas físicas o jurídicas que realicen operaciones durante el ejercicio fiscal.
El control se aplicará sobre las operaciones realizadas durante 2026. A partir del 1 de enero de 2027, los contribuyentes deberán presentar una declaración jurada informativa durante el primer trimestre del año, detallando datos como el contribuyente involucrado, el tipo de transacción y el identificador correspondiente.
La medida abarca todo tipo de operaciones con criptoactivos, incluyendo compra, venta, intercambios entre criptomonedas y otras transacciones que puedan generar renta o incremento patrimonial.
Para los controles, la DNIT trabajará de manera coordinada entre distintas dependencias internas —como la Dirección General de Grandes Contribuyentes, la Dirección General de Recaudaciones y el área de inteligencia tributaria—, apoyándose en herramientas tecnológicas y en mecanismos de intercambio de información con otras administraciones tributarias internacionales.
Desde la institución aclararon que la normativa no busca desincentivar el uso de criptomonedas en Paraguay, sino brindar mayor transparencia y certeza jurídica a un sector en crecimiento, en un momento en que el país se posiciona como destino atractivo para la industria cripto.
Finalmente, recordaron que quienes obtengan ganancias a partir de transacciones con criptoactivos podrían estar alcanzados por impuestos a la renta —ya sea como empresas o personas físicas— y deberán cumplir con las obligaciones informativas establecidas en la nueva resolución.