Desde el 13 de julio próximo, según la terminación del RUC, queda establecido el nuevo calendario de vencimiento para la presentación de Actualización de Datos del Registro Administrativo de Personas y Estructuras Jurídicas y de Beneficiarios Finales, conforme lo dispone la Resolución DGPEJBF Nº 09/21 de la Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y de Beneficiarios Finales (DGPEJBF), dependiente del Ministerio de Hacienda.
Este nuevo calendario se establece en razón a la prorroga dispuesta. Atendiendo a la exigencia del Decreto 3241/20 que en su artículo 10 dispone la exigencia de la Ley 6449/19, la cual exige que todos los datos e informaciones declarados en el registro administrativo de personas y estructuras jurídicas y en el registro administrativo de beneficiarios finales deberán ser actualizados anualmente a más tardar al 30 de junio de cada año correspondiente, a partir del ejercicio fiscal 2021.
Además la Ley dispone que, independiente a la obligación anual, en caso que se presente alguna variación o modificación en los datos e informaciones declarados en el registro administrativo de personas y estructuras jurídicas y en el registro administrativo de beneficiarios finales los sujetos obligados, a través de su representante legal o persona física autorizada, deberán actualizar los datos dentro del plazo máximo de quince (15) días hábiles desde que se ha producido el hecho, comunicando estas variaciones o modificaciones a la DGPEJYBF por los medios electrónicos indicados.
La Resolución DGPEJBF Nº 09/21 establece entonces el nuevo calendario de vencimiento según la terminación del RUC a partir del 13 de julio como sigue: Ver aquí el calendario completo.