Economía
Reglamento para la ejecución del PGN 2023 ya fue dispuesto por el Poder Ejecutivo
A través del Poder Ejecutivo se emitió el Decreto n.º 8759/2023 que reglamenta la Ley de Presupuesto General de la Nación (PGN) para este 2023. La iniciativa establece los procedimientos para la ejecución de los gastos aprobados, promoviendo la racionalidad, la eficiencia del gasto público y la rendición de cuentas.
La disposición continúa con las medidas de austeridad fiscal, que vienen siendo implementadas desde años anteriores; entre las que podemos mencionar las restricciones a los nombramientos y aumentos salariales, tanto para el personal permanente como contratado, salvo los que resulten de la aplicación de los concursos públicos respectivos, conforme a lo establecido en las disposiciones legales vigentes. De estas restricciones, por iniciativa Parlamentaria, la Ley exceptúa al Poder Legislativo y al Poder Judicial.
Asimismo, en concordancia con la Ley 6954/2022, se mantiene la prohibición de entrega de combustible o de cupos de combustibles a autoridades de los Organismos y Entidades del Estado en todas sus modalidades, salvo el utilizado para para desplazamientos derivados de sus funciones o cargo; la prohibición de compra de alimentos, con excepción de aquellos destinados a servicios de salud, obreros de las empresas públicas, beneficiarios de programas sociales, entre otros.
En cuanto a las modificaciones en el Anexo del Personal, realizadas a instancias del Congreso Nacional, el Poder Ejecutivo a través del MH, establecerá la aplicación gradual de las mismas una vez concluidos los procesos de selección para el ingreso y promoción de los funcionarios en las entidades afectadas, conforme disponibilidad financiera y presupuestaria, que en ningún caso tendrán efecto retroactivo.
Por otro lado, en busca de dar una mayor claridad al proceso de transferencia de fondos públicos a las ONG, se introducen ajustes que permitirán agilizar el proceso, transparentar el uso de los fondos y rendir cuentas.
Asimismo, es importante mencionar que se incorporan mayores controles para las creaciones de Estructuras Orgánicas en los OEE; como también se pone en marcha la implementación de programas pilotos del Sistema de Directivos Públicos y de clasificación y valoración de puestos.
Así también se establece que, para la programación del Plan Financiero en años electorales, los OEE deberán tener en cuenta lo establecido en la Ley de Responsabilidad Fiscal, donde se establece que el gasto corriente primario de la Administración Central, entre los meses de enero y julio, no será mayor al sesenta por ciento (60%) del Presupuesto aprobado para ese año, excluyendo al Poder Judicial.
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