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Economía

Interés para fraccionar IRP se equipara con tasa bancaria

Tributación espera cerrar el mes con 18% de superávit. Foto IP

Tributación espera cerrar el mes con 18% de superávit. Foto IP

El presidente de la República, Mario Abdo Benítez, firmó tres decretos que establecen nuevas medidas tributarias, así lo confirmó el viceministro de Tributación, Oscar Orúe.

La propuesta nace a partir de la vigencia de la nueva cuarentena impuesta desde el Gobierno, la cual afecta a las actividades económicas y a los reclamos por la alta tasa para fraccionar el Impuesto a la Renta Personal (IRP) fijada en 16,8% al año y que redujeron a 13,2%; en el nivel de lo que aplican los bancos para operaciones con tarjetas de crédito.

Casi 100 mil declaraciones juradas ya fueron representadas a falta de dos vencimientos, lo cual arrojó unos USD 21 millones a las arcas del Estado.

Se trata del Decreto N° 5028/2021, sobre tasa de interés para facilidades de pagos de tributos; el Decreto N° 5027/2021, que establece un régimen excepcional y transitorio para la regularización de determinadas deudas impositivas; y el Decreto N° 5024/2021, que establece un régimen excepcional y transitorio de liquidación del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE) para pequeños productores agropecuarios.

Durante la conferencia de prensa virtual con medios de comunicación, el viceministro Orué explicó la implicancia de los decretos y en primer lugar se refirió al N° 5024/2021 “Por el cual se establece un régimen excepcional y transitorio de liquidación del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE) para los pequeños productores agropecuarios. Precisó que el mismo establece una reducción del 3% al 1% de la retención correspondiente al momento de vender sus productos.

Por otra parte, explicó que el Decreto N° 5027/2021 “Por el cual se establece un régimen excepcional y transitorio para la regularización de determinadas deudas impositivas” tiene que ver con deudas anteriores al 2020, donde aquellas personas con deudas antiguas tendrán la posibilidad de exonerar los intereses moratorios, siempre y cuando el pago se realice al contado.

1,1% al mes

Por último, el viceministro de Tributación brindó detalles sobre el Decreto N° 5028/2021 “Por el cual se establece la tasa de interés para las facilidades de pagos de tributos”. Indicó que por el mismo se reduce al 1,1% la tasa de interés para las facilidades de pagos de todos los tributos, como el Impuesto a la Renta Personal (IRP), y el Impuesto a la Renta Empresarial (IRE). Precisó que esta no es una reducción temporal, sino ya permanente hasta que la Administración Tributaria decida.

Señaló también que si bien emitirán otros decretos, es importante tener en cuenta que dentro de las negociaciones con gremios gastronómicos, de eventos, hotelería, entre otros, han decidido mantener el 50% de reducción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) hasta el mes de octubre de este 2021. “También vamos a extender la reducción del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) hasta el mes de junio de este año, hay que recordar que esta reducción estaba vigente hasta el fin de este mes de marzo”, afirmó.

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