Connect with us

Economía

Frigomerc S.A versus CONACOM, la disputa continúa

La operación pretendida por FRIGOMERC constituía en un contrato de arrendamiento “indefinido” con cláusulas leoninas. Foto: Gentileza.

La operación pretendida por FRIGOMERC constituía en un contrato de arrendamiento “indefinido” con cláusulas leoninas. Foto: Gentileza.

El 3 de enero de 2021 en su cuenta de Twitter el Dr. Pedro Galli, presidente de la Asociación Rural del Paraguay (ARP), emitió un comunicado manifestando que la ARP interviene de manera judicial en defensa de la libre competencia y de las normas constitucionales. Asimismo, manifestó que el 31/12/2020 la ARP presentó ante el Tribunal de Cuentas, la solicitud de intervención como tercero coadyuvante de la CONACOM, en el asunto caratulado “FRIGOMERC SA c/Resolución No. 18 del 21/09/20”, dictada por la Comisión Nacional de la Competencia (CONACOM).

En dicha Resolución, la CONACOM resolvió denegar el arriendo (operación de concentración económica) de FRIGOMERC S.A. a FRIGORIFICO NORTE S.A., debido a que en el análisis de la transacción se constató que dicha operación no es compatible con la Ley de Defensa de la Competencia (LDC), ya que la misma de concretarse estaría reforzando su posición dominante en el mercado de adquisición de ganado para faena, entre otros.

Por tal motivo, FRIGOMERC S.A. (del grupo Athena Foods) recurrió la decisión de la CONACOM ante el Tribunal de Cuentas, solicitando una medida cautelar de suspensión de la misma. En ese sentido, cabe resaltar que es la primera vez que la CONACOM niega una operación de concentración y, por ende, es la primera vez que el Tribunal de Cuentas debe resolver una cuestión de derecho administrativo técnico con enfoque económico.

La operación pretendida por FRIGOMERC constituía en un contrato de arrendamiento “indefinido” con cláusulas leoninas, en la que constaba una de prohibición de negociación antes del vencimiento del plazo para FRIGONORTE, teniendo el grupo Athena Foods prioridad de compra. En el caso que FRIGONORTE hubiese negociado con un tercero para otro arrendamiento o venta de la planta, tendría una multa de varios millones de dólares. El grupo Athena ostenta poder dominante en el mercado y dicho contrato por las cláusulas que contenía ya podría constituir un abuso de posición de dominio y la CONACOM debería abrir de oficio un expediente para investigar ese y demás contratos de arrendamientos que el grupo Athena firmó en el pasado con otros frigoríficos entre el 2014 al 2017.

Uno de los argumentos de FRIGOMERC fue que la operación no constituía una operación de concentración porque FRIGONORTE no estaba operando en ese momento. Sin embargo, ello es errado, porque desde el momento en que el operador económico se hace con el volumen de negocios de la empresa adquirida o contratante, ello constituye una operación de concentración y en este caso horizontal, independiente del tiempo que la empresa haya estado inactiva. Este argumento busca vulnerar el objeto de la LDC.

Por otro lado, llama la atención que miembros de la ARP fungen al mismo tiempo como abogados de las empresas frigoríficas en cuestión. Se supone que un miembro vela por los intereses de su Asociación, por lo que representa un conflicto de interés y falta de ética que una persona figure como abogado o directivo de un frigorífico que estaría atentando contra los intereses de su gremio.

Si bien, uno de los conflictos en el sector fue el precio del ganado pagado por los frigoríficos a los productores, que durante un tiempo prolongado bajó solo para el productor, porque en el mercado y para los consumidores no tuvo disminución, esto se subsano en los últimos tiempos con un incremento en el precio a los ganaderos. Sin embargo, es menester recordar que dicha situación se inició en el 2018 cuando la CONACOM aprobó la operación de concentración sin condiciones entre FRIGOMERC S.A y JBS PARAGUAY S.A. e INDUSTRIA PARAGUAYA FRIGORIFICA S.A., a raíz de esta operación se creó la posición dominante de FRIGOMERC.

En suma, si la operación de arrendamiento se lleva a cabo será perjudicial para el interés económico general, ya que generará más fallos en el mercado de cárnicos como ser la creación de barreras de entrada, el incremento en los precios al consumidor final y por sobre todo el aumento de posición dominante que ya ostenta el grupo Athena Foods. In fine, al no haber presentado FRIGOMERC las ganancias de eficiencias que derivarían de la operación y de cómo este generaría un progreso económico y social, corresponde al Tribunal de Cuentas analizar la legalidad de la Resolución de la CONACOM y obrar conforme el Art. 107 de nuestra Carta Magna en aras de nuestra democracia y del bienestar económico de la sociedad.

 

Click para comentar

Dejá tu comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Los más leídos

error: Content is protected !!