Tribunal Disciplinario

Sanción provisoria a afición de Cerro Porteño, ¿paso previo a la deducción de puntos?

Cerro Porteño no podrá contar con su hinchada en los próximos dos partidos mientras avanza la investigación del Tribunal Disciplinario por los incidentes en el Superclásico.

El castigo inicial ya está sobre la mesa, pero el trasfondo abre un interrogante mayor. El Tribunal Disciplinario de la Asociación Paraguaya de Fútbol resolvió aplicar una sanción provisoria a Cerro Porteño tras los graves incidentes que derivaron en la suspensión del Superclásico disputado en el Defensores del Chaco. La medida: dos fechas sin público azulgrana, con vigencia inmediata.

La resolución establece que el Ciclón deberá jugar sin su afición tanto de local como de visitante, donde únicamente podrá asistir la parcialidad del equipo anfitrión. Se trata de una restricción total que busca frenar nuevos episodios de violencia mientras avanza la investigación de fondo.

El fallo se sustenta en informes considerados contundentes por el propio Tribunal. Los reportes del árbitro Juan Gabriel Benítez, del delegado William Centurión, del oficial de seguridad Christian Caballero y de la Policía describen un escenario caótico que obligó a suspender el lance.

Según estos documentos, los incidentes comenzaron con detonaciones de bombas de estruendo en Gradería Norte por parte de la barra organizada de Cerro Porteño, lo que derivó en enfrentamientos con efectivos policiales. En medio de la gresca, un agente antimotines fue agredido y despojado de su escudo. La respuesta de las fuerzas de seguridad incluyó el uso de gases lacrimógenos, cuyos efectos alcanzaron no sólo a los protagonistas dentro del campo, sino también a familias ubicadas en distintos sectores del estadio. El nivel de descontrol fue tal que decenas de personas —entre niños, mujeres y adultos— invadieron el terreno de juego buscando aire y asistencia médica, ante la imposibilidad de permanecer en las gradas. A esto se sumaron fallas en los accesos, con aglomeraciones en los portones 4 y 5 antes del inicio del encuentro, generadas por entradas duplicadas y personas que intentaron ingresar sin boletos.

Además de la sanción provisoria, el Tribunal dispuso la apertura de un sumario administrativo para determinar responsabilidades. Tanto Cerro Porteño como Olimpia deberán presentar sus descargos en el plazo reglamentario. Paralelamente, la APF emplazó a ambos clubes a remitir, en un lapso de 72 horas, los datos de los integrantes de sus barras organizadas, así como colaborar en la identificación de los involucrados en los hechos de violencia, captados en videos.

Desde el punto de vista jurídico, el órgano disciplinario argumentó que los sucesos representaron un "grave peligro para la integridad física de los asistentes", lo que habilita la aplicación de medidas urgentes en el marco del artículo 143 del Código Disciplinario de la APF.

En este contexto, el antecedente reciente alimenta la incertidumbre sobre una posible sanción más severa. En 2024, tras la suspensión de un partido ante Sportivo 2 de Mayo debido a enfrentamientos entre facciones de su propia barra organizada, Cerro Porteño recibió inicialmente una sanción provisoria de dos fechas sin público. Sin embargo, una vez concluido el proceso disciplinario, el castigo del Tribunal se amplió con la deducción de 3 puntos en el torneo.

Ese precedente instala la pregunta: ¿la actual medida es sólo el primer paso hacia una penalización mayor? La respuesta quedará sujeta al avance del sumario y a la valoración final del Tribunal Disciplinario, pero, según el historial inmediato, todo hace indicar que sí.