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Cultura

Economía y feriados nacionales, ¿una nueva etapa?

Calendarios y feriados

A inicios de setiembre del 2024 se hace noticia que el feriado móvil del 29, que cae un domingo, pasa al lunes 30. Pareciera que se inicia una nueva etapa en su conmemoración. Desde esta perspectiva, en el Paraguay post-1989 se tienen dos etapas en los feriados nacionales y ahora podría iniciarse una tercera. Al respecto, vale un breve recuento para ubicar este cambio, que no es el primero y puede indicar un giro nuevo en el Paraguay pos-1989, el contemporáneo.

El tema de los feriados nacionales es de larga disputa, siempre con la presencia de hegemonías política y/o económica y/o religiosa o de cualquier otra índole expresadas a través del –o incidiendo en– el Estado. Aunque el significado de un feriado pueda parecer claro a simple vista, lo que se percibe no siempre refleja la única fuerza que lo respalda, ni los considerandos de un decreto suelen ser la razón definitiva del cambio. Las menciones legales solo precisan datos, no se trata de una aproximación jurídica.

Lo mencionado es estudiado en la sociología del tiempo: la conformación del tiempo social que se construye por las sociedades en distintas épocas y geografías. Hoy aquí se vive en el año 2024 pero, por ejemplo, quienes profesan otra religión tienen más de 5.000 años de historia. Se usa el calendario gregoriano que suplantó al juliano desde 1582 en los países católicos y luego se extendió a protestantes y ortodoxos. Es más, un cambio político relevante puede pretender cambiar el calendario como lo hizo la Revolución Francesa (1789) con el año de 12 meses de 30 días (1793-1806) o la Revolución Soviética (1917) con la semana de 5 y luego de 6 días (1929-1940); experimentos que fracasaron.

Primera etapa: de la reducción inicial (1990) a la cantidad fija de feriados (2011)

El cambio político del 2-3 de febrero de 1989 marca el inicio de una transición prolongada y la autopercepción de Estado y sociedad de un cambio de época; el tema de los feriados en una época de centralidad de la economía vuelve a estar en juego. Las fuerzas económicas empresariales y el gobierno, en concordancia con el deseo de elevar la producción, plantean como imperativo: más desarrollo se logra con más producción, y para ello son necesarios menos feriados. Efectivamente, de 16 feriados previos a 1989 se pasa a 10; según la Ley N.º 8, promulgada el 6 de junio de 1990. Es una reducción que cuenta.

Ellos son 1) 1.º de enero, Año Nuevo; 2) 1.º de marzo [1870], Día de los Héroes de la Patria; 3) 1.º de mayo, Día de los Trabajadores; 4) 15 de mayo [1811], Día de la Independencia Nacional; 5) 12 de junio, Día de la Paz del Chaco [1935]; 6) 15 de agosto [1537], Día de la Fundación de Asunción; 7) 8 de diciembre, Día de la Virgen de Caacupé; 8) 25 de diciembre, Día de la Navidad; y 9) y 10) Jueves y Viernes Santos [Iglesia católica].

Aurelio García, “Retrato del Mariscal Francisco Solano López”, 1866. Cortesía

Aurelio García, “Retrato del Mariscal Francisco Solano López”, 1866. Cortesía

El feriado del 29 de setiembre [1932], por la victoria en la batalla de Boquerón, a inicios de la guerra del Chaco, aparece en la Ley N.º 715 promulgada el 27 de setiembre de 1991 con una duración de cinco años. Luego, pasa a ser permanente según Ley N.º 1.601, promulgada el 28 de setiembre del 2000. Con esta incorporación, los feriados suman once.

Un significado adicional se agrega al 15 de agosto, porque a la justificación nacional se suma la religiosa por el Día de Nuestra Señora de la Asunción, según el Decreto N.º 14.252 del 10 de agosto del 2001. La fuerza de la Iglesia Católica Apostólica romana se hizo sentir.

Finalmente, se incorpora el 14 de mayo [1811], inexplicable ausencia, para que conformen el feriado del 14 y el 15 de mayo, fechas de la Independencia nacional, ya en el marco del Bicentenario, de acuerdo con la Ley N.º 4.531, promulgada el 21 de noviembre de 2011. En resumen, hay doce feriados nacionales.

Flyer conmemorativo difundido por el Gobierno Nacional

Flyer conmemorativo difundido por el Gobierno Nacional

Segunda etapa: los feriados móviles. Su significado y diferencias (2001 al presente)

El tratamiento de los feriados inicia una nueva etapa con la Ley N.º 1.723 promulgada el 29 de junio del 2001, vigente hasta el presente. Se dieron dos cambios: a) aquellos feriados que caen de martes a viernes pasan al lunes siguiente; y b) son exceptuados 1) 1 de enero; 2) 15 de mayo solamente porque el agregado del 14 de mayo se lleva a cabo recién con la Ley N.º 4.531 del 2011 ya mencionada; actualmente 14 y 15; 3) 8 de diciembre; 4) 25 de diciembre; y 5) y 6) Jueves y Viernes Santos.

Dos inferencias significativas son: a) la búsqueda de mantener la productividad o ritmo productivo que favorece a aquella mediante la no interrupción del proceso debido al corte que se da con un feriado entre lunes y viernes y b) simbólicamente: la prelación o jerarquía de los feriados. Los feriados móviles son los feriados de la histórica bélica, del nacionalismo heroico. La retórica nacionalista (por ejemplo, no antiimperialista) se vio subordinado a las fuerzas económico-empresariales dominantes. Triunfante estuvo la Iglesia católica pues sus feriados son intocables, a excepción del compartido 15 de agosto [1537], conmemoración mitad nacional/ista, mitad religiosa.

Virgen Nuestra Señora de la Asunción (Arzobispado)

Virgen Nuestra Señora de la Asunción (Arzobispado)

El camino de la ejecución de estos feriados móviles a los lunes continúa siendo largo. Para comenzar, se dieron reiteradas “desobediencias”. Valen los casos del 15 de agosto del 2001 según Decreto N.º 14.252 del 10 de agosto de ese mismo año; o el 29 de setiembre de acuerdo con el Decreto N.º 3.390 del 16 de setiembre del 2004; y, finalmente, el 1.º de marzo del 2005, según el Decreto N.º 4.850 del 17 de febrero de ese año. En todos estos casos, el feriado se llevó a cabo “en el día recaído”.

Después, entre feriados que se llevaron a cabo un sábado o un domingo y otros que se pasaron a los días correspondientes, siguieron los decretos que indicaban a cuál lunes debían pasar los feriados móviles.

Un caso especial se tiene con el Decreto N.º 2.757 del 25 de octubre del 2019, en el cual se anotan las indicaciones para el 2020. Sin embargo, con motivo de la pandemia, el gobierno decidió “efectivizarlos” en su fecha; lo cual poco incidía con los regímenes de control vigentes. Entonces, el 12 de junio del 2020 se cumple el feriado “en el día recaído” de acuerdo con el Decreto N.º 8.668 del 5 de junio de ese año; y el del 29 de setiembre, en iguales términos, según el Decreto N.º 4.040 del 9 de setiembre del mismo año.

A partir del 2021, se reinició el traslado de los feriados a los siguientes lunes de su fecha de calendario. Son los casos de los decretos 5.958 del 13 de setiembre del 2021 para el lunes 27; 6.618 del 3 de febrero del 2022 para que el 1 de marzo pase al lunes 28 de febrero y el 29 de setiembre al lunes 3 de octubre de ese mismo año; y el 7.915 del 30 de setiembre del 2022 para el lunes 27 de febrero (en lugar del 1 de marzo) del 2023.

Tercera etapa: ¿feriados de un fin de semana trasladados al lunes (2022 y 2024)

Para comenzar, cabe recordar que el Decreto N.º 1.857, que traslada el feriado del domingo 29 de setiembre al lunes 30 de setiembre del 2024, es de fecha 11 de junio del 2024. Inclusive más, se olvida un precedente: el Decreto N.º 6.979 del 26 de abril del 2022, según el cual se transfirió el feriado del domingo 1.º de mayo al lunes 2 de mayo. El argumento reiterado es la recuperación económica postpandemia y la promoción del turismo; esto último es lo más reiterado y explícito.

La efectivización de este cambio del feriado del domingo 29 de setiembre al lunes 30, entonces, podría significar una alternativa que ya tiene un antecedente. Convivirían, por una parte, los feriados que del martes al viernes se trasladan al lunes y, por otra, los del fin de semana que también pasan a ejecutarse los lunes.

En la medida en que ambas orientaciones estén vigentes, se debilita la lógica de la segunda etapa de mantener, ya con menos feriados, el ritmo productivo, para no reducir la producción y la productividad. Por una parte, los recaídos el domingo pasarán a ser un feriado más; por otra, eventualmente, los recaídos un sábado de un medio día de feriado, se convertirán en un día feriado.

La reiterada presencia o argumento sobre la Senatur

La importancia del turismo interno y sus efectos favorables expresados a través de notas de la Secretaría Nacional de Turismo (Senatur) está presente en tantas ocasiones que ya constituyen tendencia, tanto en los Visto como en los Considerando de los decretos. En este último caso, textualmente expresa: “Que la Secretaría Nacional de Turismo presentó las argumentaciones sobre la importancia del traslado de días feriados, y señala que el turismo constituye un sector importante como ingreso de recursos, además del alto impacto social y cultural, genera diversos tipos de actividades y variados ingresos”. Es lo apuntado en 2016, 2017, 2022, 2023 y 2024, por ejemplo.

La presencia explícita de la Senatur tampoco debería conducir a la inferencia de que constituye la fuerza matriz o la única fuerza en estos procesos, pues en política, tantas veces, aquello que no aparece visible puede resultar en lo más poderoso. Sí, corresponde apuntar que está presente en decretos señalados como los 9.393, del 2 de agosto del 2012; 280 del 13 de setiembre del 2013; 4.508 del 2 de diciembre de 2015; 6.292 del 17 de noviembre del 2016; 8.108 del 20 de noviembre del 2017; 8.668 del 5 de junio del 2020; 4.040 del 9 de setiembre del 2020; 6.618 del 3 de febrero del 2002; 6.979 del 26 de abril del 2022; y, finalmente, el 1.857 del 11 de junio del 2024.

También debe agregarse que a la Senatur acompañan otras entidades, como la Dirección Nacional de Aduanas (DNA) el 26 de abril del 2022 y muy especialmente el 3 de febrero del 2022, en que a la Senatur y la DNA se suman el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPBS) y el Ministerio de Hacienda (SSEE-MH). La Administración Nacional de Electricidad (ANDE) y sus consideraciones de consumo también constituyen argumentos relevantes desde este punto de vista. Finalmente, un feriado para consolidar la lealtad política del funcionariado público tampoco puede descartarse.

Conclusiones

El acuerdo de gobierno y empresariado para aumentar la producción condujo, en un primer momento, a reducir la cantidad de feriados. Pasar al lunes siguiente los feriados que interrumpen el ritmo laboral productivo del martes al viernes también hizo posible y aumentó la confluencia del Estado y el sector empresarial, en otro segundo momento. Lo que aparece como nuevo y que podría conducir a una tensión –antes que conflicto– entre las fuerzas económicas dominantes dentro del Estado y entre los distintos sectores empresariales, es el proceso de reversión que podría parecer en curso, en nombre de la recuperación económica y de potenciar el sector turístico, de trasladar feriados del fin de semana –hasta el momento, en los dos casos, del domingo– al lunes. Si bien el nuevo feriado se lleva a cabo un día lunes y no entre semana (martes a viernes), la cuestión es ¿cuánto más vale en impacto económico y social este nuevo cambio?

Si corresponde, desde este punto de vista, incorporar un nuevo feriado, es el del 20 de junio, en conmemoración a la promulgación de la Constitución de 1992, la más participativa y democrática en la historia paraguaya. Sin embargo, hasta el presente, para las fuerzas políticas y económicas dominantes, este hito no fue merecedor de un feriado nacional.

Postal Plaza Constitución. Centro Histórico de Asunción. Cortesía

Postal Plaza Constitución. Centro Histórico de Asunción. Cortesía

 

* Roberto Céspedes es investigador independiente, con formación en sociología e historia.

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