A través del Decreto N° 5071 el Poder Ejecutivo flexibilizó los horarios de circulación, estableciendo nuevas disposiciones para actividades culturales en el marco de las medidas sanitarias por el Covid-19.
A partir de esta nueva resolución, en concordancia con el plan de levantamiento gradual del aislamiento preventivo, las actividades del sector cultural y creativo podrán ser realizadas de 5 a 23:59 horas, con un aforo máximo de 75 personas sentadas, y con uso obligatorio de tapabocas.
Este decreto entró oficialmente en vigencia el pasado lunes 2 y su periodo de validez corre hasta el 12 de abril.