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La estabilidad laboral es garantía constitucional, dice abogada

Trámites. Foto referencial.

Trámites. Foto referencial.

La abogada laboralista Pilar Callizo habló sobre la propuesta del presidente de la República de modificar la ley laboral – inamovilidad laboral.

En ese sentido, dijo que esta modificación se hubiese trabajado primero de manera integral “porque hay muchas cosas que se deben modificar en el código que es de 1993 con sus reformas en 1995, entonces ya trabajado en una negociación colectiva que acá no hay experiencias muy frecuentes lamentablemente, sacar una alternativa”.

Esta fue una propuesta del Presidente luego de una reunión que mantuvo con empresarios. Callizo mencionó que se debe evitar polarizar la posición sindical vs. la empresarial, “porque polarizando no resulta nada en nuestro país, con el agravante que en el parlamento no contamos con gente que conozca en profundidad el derecho del trabajo. Será una decisión más política que técnica y que favorezca a la posición que debe ser para la fuente de trabajo y fundamentalmente la creación de empleo”.

La experta manifestó que la estabilidad laboral es una garantía constitucional que tienen todos los trabajadores del país “desde el momento que ingresa al lugar de trabajo, pasa el periodo de prueba, entonces ya queda estable en el lugar de trabajo y para sacarlo salvo que haya una causal justificada que está establecido en el artículo 81, el empleador debe pagar una indemnización de 15 días de salario por año trabajado”.

Por las declaraciones del Presidente, lo que se pretende es “levantar esa inamovilidad, que es la que no podés despedir a alguien que tiene 9 años y más, sin tener una justificación de causal que sea probada previamente judicialmente, es decir, es el juez es el que ordena que se termine ese contrato en función a las probanzas en un juicio que se dirime en el ámbito judicial”, explicó Callizo.

Fuente: 680 AM.

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