Política
TSJE y Contraloría insisten a partidos la rendición de cuentas
Máquinas de votación. Foto: Gentileza.
El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) y la Contraloría General de la República (CGR) insistieron con la obligatoriedad de los partidos, movimientos y concertaciones políticas que participaron de las últimas elecciones municipales, de la rendición de cuentas correspondiente sobre los gastos electorales. Esto es ante la baja respuesta que se tiene en la actualidad con el requerimiento legal.
El Director de Financiamiento Político de la Justicia Electoral, Daniel Echague, el Contralor General de la República y el Director General de Rendición de Cuentas de dicha institución, Camilo Benítez y Emilio Ferreira, mantuvieron una reunión informativa para calendarizar la entrega de las rendiciones de cuentas de las organizaciones políticas que participaron de las Elecciones Municipales 2021.
El objetivo de la reunión fue coordinar todo lo referente al control de las documentaciones correspondientes a las rendiciones de cuentas presentadas por las organizaciones políticas que participaron en las Elecciones Municipales del 10 de octubre pasado.
Según la Resolución 01/2021 del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), por la que se Reglamentan varios artículos de la Ley 834/96 Código Electoral referentes a la Ley de Financiamiento Político, el plazo de vencimiento para la presentación de informes de rendición de cuentas y sus documentaciones de respaldo pertenecientes a las organizaciones políticas, tendrá vencimiento el jueves 9 de diciembre del corriente año. Dichas presentaciones se deberán realizar en forma física ante la Justicia Electoral, siguiendo los lineamientos establecidos
Finalizado el periodo mencionado, la Justicia Electoral publicará las rendiciones presentadas en el ONAFIP, el 23 de diciembre del 2021 y luego correrá traslado de las mismas a la Contraloría General de la República para la realización de una auditoría por el periodo de sesenta días, trascurrido ese plazo, el TSJE correrá traslado por diez días al partido, movimiento político, alianza y/o concertación electoral para que realice aclaraciones, cumplido el cual, resolverá en el término de treinta días hábiles, elaborando un informe final de las rendiciones presentadas por agrupación política con el análisis de los descargos presentados.
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