Opinión
Las contrataciones públicas: el verdadero narcótico del Estado paraguayo
El manejo oscuro en las contrataciones del Estado son el estupefaciente predilecto de aquellos que se benefician con tanto tumulto en la política paraguaya.
El diccionario de la Real Academia Española define a estupefaciente como “una sustancia que altera la sensibilidad y cuyo uso continuado crea adicción”. Cualquier parecido con el manejo de las licitaciones y compras públicas ya no es, tristemente, una mera coincidencia.
El Ministro del Interior fue destituido (es decir, se lo removió del cargo) por supuestas conexiones insólitas con un narcotraficante. Solamente se habla de sus posibles vínculos con el narcotráfico, con sus contactos con un narcotraficante extremadamente buscado, y del manejo privilegiado de la inteligencia policial que tenía el extitular de la Senad y ahora también del Ministerio del Interior.
Todo es narcotráfico, o narcotraficante, o drogas, o lavado de dinero, etc.
Pero lo grave es que tanta noticia desagradable acerca del comercio ilícito de estupefacientes (porque eso es) hace olvidar e ignorar el manejo poco transparente y hasta perverso de las contrataciones públicas que ocurren en las instituciones.
Un claro ejemplo de ello fue la destitución de Arnaldo Giuzzio. Para entender este serio problema, el lector debe intentar olvidar que el Ministro del Interior se comunicó con un narcotraficante. Imaginemos, por unos instantes, que Marcos Vinicius Espíndola Marqués de Padua era una persona “normal”. Es decir, sin antecedentes policiales, sin pedidos de búsqueda internacional y sin estar sindicado como traficante de estupefacientes.
El día 22 de febrero, Arnaldo Giuzzio publicó en su cuenta oficial de Twitter que mantuvo contacto esporádico con Marcos Vinicius. Hasta ahí todo bien.
Luego siguió relatando que Marcos Vinicius pretendía ofrecer sus servicios y productos al Ministerio del Interior -provisión de vehículos blindados, material balístico y chalecos antibala- y que su empresa tenía interés de proveer al Estado paraguayo.
Pero después admite lo siguiente: “A finales de diciembre, en un viaje familiar, tras el desperfecto mecánico de nuestro vehículo ya en territorio de Brasil, volvimos a CDE y arrendé un vehículo de la empresa OMBU con el cual continuamos el trayecto.” [sic].
El titular del Ministerio del Interior se pone en contacto con la empresa de un potencial proveedor del Estado. Giuzzio mismo dijo textualmente que “le llamó a Marcos Vinicius” para que lo auxiliara en su periplo en Brasil. Y no comunicó esto al Ministerio del Interior. [Escuchar audio a partir del 2:08].
Giuzzio dijo no saber que Vinicius estaba envuelto en asociaciones criminales, como justificando su inocencia al hacer la llamada a este cuando estaba en Brasil con el vehículo descompuesto.
No obstante, Marcos Vinicius sí visitó el Ministerio del Interior con el solo objeto de vender sus productos al Estado paraguayo. O sea, nunca escondió su pretensión de proveedor del Estado. Aún así el Ministro le llamó para solucionar un bypass en ruta brasileña.
¿Y qué iría a pasar cuando se decida a efectuar un llamado a licitación de parte del Ministerio del Interior en el cual se presentan varias empresas a ofertar sus productos? ¿La asistencia de Marcos Vinicius al número 1 de ese ministerio no coloca a su oferta en una posición diferenciada de las demás ofertas?
Y si todas estas preguntas resultan muy superfluas, ¿por qué entonces el ministro del Interior no comunicó toda esta información de manera oficial al Ministerio del Interior, a la Senad y a toda persona del Estado paraguayo que sea pertinente? El mismo Giuzzio admite no haber comunicado oficialmente y limitarse solamente a relatar lo sucedido “a modo de comentarios.” [escuchar audio en 21:32].
Es cierto mucho de lo manifestado por Giuzzio: él, en su calidad de ministro, no podía inspeccionar los antecedentes de todos los brasileños o extranjeros que les pasaban en frente. Tampoco puede pedir los antecedentes de alguien cada vez que pretende comprar un bien o servicio de manera particular.
Pero sí es obligación de todo funcionario público del Estado paraguayo informar de manera oficial toda información que tenga en su poder que puede ser importante para una eventual compra pública. En palabras simples, uno debe decir si el potencial proveedor del Estado fue compañero de estudios en la universidad, fue amigo de la escuelita de fútbol del colegio, si fue el dueño de la empresa que le asistió durante un bypass en territorio extranjero, etc.
El art. 4 de la ley 2051/2003 de Contrataciones Públicas exige que en todo procedimiento de contratación pública cualquier oferente de bienes y servicios pueda participar en igualdad de oportunidades, lo cual refleja el espíritu de transparencia del art. 47 de la Constitución.
El silencio ante situaciones comprometedoras genera una dificultad extra para ejercer los derechos consagrados en la ley y así exigir debida transparencia e imparcialidad de parte de las entidades públicas convocantes a través de mecanismos como la protesta [art. 79 de la ley 2051/2003].
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