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Supuesto abusador seguirá trabajando en el colegio de forma virtual mientras se investiga el caso
Foto: Referencial - Matus y Cia.
Pese a que las autoridades del Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), indicaron que el funcionario denunciado por abuso sexual en menores en una reconocida institución educativa de Asunción no es docente, desde el colegio emitieron un comunicado indicando que “el docente afectado seguirá ejerciendo sus funciones a través de la modalidad virtual (home office)”.
Asimismo, el documento indica que se recibieron a través de correos electrónicos las denuncias de las madres de alumnas afectadas, y que, inmediatamente se aplicaron los protocolos establecidos en la Resolución 711/22 MEC.
Dicho protocolo establece que la primera medida a ser tomada debe ser apartar al supuesto victimario de sus víctimas y evitar todo tipo de contacto, por lo que se procedió a implementar la mencionada modalidad.
De acuerdo a más datos brindados por padres de alumnos, el hecho habría ocurrido contra una adolescente durante una jornada extracurricular, vinculada a prácticas deportivas.
“Como institución educativa, nuestra prioridad es y será siempre el bienestar y la seguridad integral de nuestros alumnos, por lo cual garantizamos agotar todas las instancias de investigación de los hechos denunciados”, reza parte del comunicado que recibieron los padres de alumnos.
¿Qué dice la Resolución 711/22 del MEC y por qué el colegio no puede hacer pública la información?
De acuerdo a las medidas establecidas por la cartera educativa, la máxima autoridad de la institución educativa en donde hubiere una denuncia de abuso, deberá proceder de la siguiente manera:
– Dejar constancia por medio de un acta.
– Escuchar a la víctima y comunicar inmediatamente a la familia afectada.
– Realizar una entrevista con la persona denunciada y separar contacto con la víctima.
– Informar a la supervisión correspondiente.
– Reasignar temporalmente, mientras duren las investigaciones, las funciones del presunto victimario.
– Iniciar el sumario administrativo.
– La supervisión deberá acompañar a la víctima y supervisar a la persona denunciada, así como a las autoridades.
– Todas las autoridades educativas y docentes que intervengan en el caso deberán guardar la debida reserva con respecto a la identidad de la víctima y de los detalles de las informaciones y actuaciones relacionadas al caso, las cuales se considerarán siempre rigurosamente confidenciales y reservadas conforme a lo estipulado en el Código de la Niñez y la Adolescencia.
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