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Economía

BCP autoriza inversión forestal como garantía hipotecaria

Foto: Capital Campo

Foto: Capital Campo

El Banco Central del Paraguay (BCP), con el fin promover una economía diversificada y verde, en la que todos los sectores económicos se desarrollen con orientación a una mayor y sostenida productividad de los recursos naturales, emitió la Resolución N° 1, Acta N° 61, de fecha 12-11-2020 “NORMAS DE CLASIFICACIÓN DE ACTIVOS, RIESGOS CREDITICIOS, PREVISIONES Y DEVENGAMIENTO DE INTERESES –INCORPORACIÓN DEL DERECHO REAL DE SUPERFICIE FORESTAL COMO GARANTÍA”.

Considerando que, conforme a lo establecido en la Ley Nº 4.890/2013, el titular del Derecho Real de Superficie Forestal (DRSF) tiene derecho de otorgarlo en garantía de prenda con registro, con la referida incorporación, éste podrá computarse para el cálculo de constitución de las previsiones mínimas requeridas en la regulación sobre Clasificación de Activos, Riesgos Crediticios, Previsiones y Devengamiento de Intereses.

En ese contexto, el Directorio de la Banca Matriz, atendiendo el surgimiento en el país de un alto interés en el desarrollo de proyectos de forestación o reforestación con fines industriales y comerciales generadores de mano de obra, ha tomado la decisión de incorporar el Derecho Real de Superficie Forestal (DRSF) entre las garantías reales computables, en el convencimiento que medidas de esta naturaleza contribuyen al desarrollo, manejo y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales del país, en un contexto ambiental seguro para las partes que interactúan en los negocios forestales.

Asimismo, cabe resaltar que la referida norma, como política pública, tiene el propósito de incentivar la oferta de productos forestales que paulatinamente coadyuven a la diversificación de la matriz productiva del país, respaldando al mismo tiempo esfuerzos del Instituto Forestal Nacional (INFONA) en sus objetivos institucionales, y de la Banca Pública de Segundo Piso (AFD) en la financiación de proyectos de forestación o reforestación, haciéndolos más atractivos para los clientes de las Instituciones Financieras Intermediarias (IFIs), generando —además— un genuino interés en consolidar una cultura de inversión en proyectos de largo plazo, sin descuidar el mandato legal de velar por la solvencia, estabilidad e integridad del sistema financiero.

Alcance real

La titular del infona, Cristina Goralwski, a través de su cuenta en tuiter, explicó que La Ley 4890 de Derecho Real de Superficie Forestal es conocida también como la ley de “Vuelo Forestal”  y permite realizar una inversión forestal en el terreno de un tercero, es decir, “tenemos derecho legal sobre las plantaciones no del terreno”.

Este “Derecho Real de Superficie Forestal” es autónomo, separado e independiente del derecho de propiedad del inmueble sobre el que se constituye y limita la facultad del propietario de utilizar, por sí o por otro, las plantaciones o masas arbóreas resultantes de la actividad forestal existente o a ser implementada en el inmueble afectado o de disponer de las mismas.

Ahora la Resolución del BCP permite utilizar el “Derecho Real de Superficie Forestal” como una garantía hipotecaria para la adquisición de créditos. En pocas palabras “se hipoteca la plantación” no el terreno.

“Esto permite que inversionistas sin inmuebles propios puedan asociarse para la producción forestal y puedan acceder a créditos blandos para el efecto, esto dinamiza y vuelve sumamente rentable la inversión forestal”, gráfico.

 

 

 

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