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Política

CIDH también expresa preocupación sobre Ley “Anti ONG”

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE) de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha expresado su profunda preocupación tras la reciente sanción del proyecto “Anti-ONG” que podría obstaculizar y restringir significativamente el funcionamiento de las organizaciones sin fines de lucro en el país. Este proyecto, que busca establecer un control más riguroso sobre dichas entidades, fue aprobado el 9 de octubre por la Cámara de Senadores y está actualmente a la espera de ser promulgado por el Poder Ejecutivo.

El proyecto de ley, que tiene por objetivo “controlar, transparentar y rendir cuentas” sobre las organizaciones sin fines de lucro, se aplica a entidades que reciban o administren fondos públicos o privados, tanto nacionales como internacionales.

Asimismo, busca regular aquellas que pretendan influir en las políticas, planes y programas públicos, así como en la actividad de los Poderes del Estado y otras entidades gubernamentales. Esta norma, presentada el 20 de diciembre de 2023, ha suscitado críticas de la sociedad civil, que teme que las medidas incluidas en la legislación puedan amenazar la autonomía y el financiamiento de las organizaciones defensoras de derechos humanos.

Uno de los aspectos más controvertidos del proyecto es el artículo 12, que prohíbe a las entidades del Estado firmar o ejecutar acuerdos con organizaciones que no estén registradas en el nuevo Registro Nacional de Organizaciones sin Fines de Lucro. Además, establece que las transferencias de recursos, bienes y servicios deben estar consignadas en el Presupuesto General de la Nación, lo que podría limitar aún más el financiamiento de las organizaciones.

La RELE también advierte que la legislación introduce procedimientos y trámites adicionales que pueden generar cargas administrativas excesivas sobre estas entidades. Por ejemplo, se establece la obligación de mantener un registro exhaustivo de fondos y bienes recibidos, así como la presentación de informes anuales que detallen los gastos de sus actividades. Estos requisitos podrían facilitar la obtención de información sensible sobre las finanzas y operaciones de las organizaciones, comprometiendo la privacidad y seguridad de donantes, beneficiarios y miembros de estas entidades.

Además, el uso de términos vagos y ambiguos en la ley podría interpretarse como una herramienta para restringir el derecho a la libertad de expresión y asociación. La RELE señala que toda limitación a estas libertades fundamentales debe estar prevista de forma expresa y precisa, un principio que esta legislación parece contradecir al relacionar la identificación de una organización con conceptos indefinidos como la “utilidad pública” y el “interés social”.

Las sanciones por incumplimiento de las obligaciones establecidas en el proyecto son otra fuente de preocupación. Las organizaciones podrían enfrentarse a sanciones desproporcionadas, que incluyen la inhabilitación para ejercer cargos por hasta cinco años y la suspensión de actividades durante un período de tres a seis meses. La RELE también señala la ausencia de garantías de debido proceso y recursos adecuados y efectivos para apelar dichas sanciones.

Ante este escenario, la Relatoría Especial ha exhortado al Estado paraguayo, en especial al Poder Ejecutivo, a considerar las normas y estándares interamericanos de derechos humanos antes de promulgar o vetar el proyecto de ley. La comunidad internacional observa con atención el desarrollo de esta situación, ya que las organizaciones sin fines de lucro desempeñan un papel crucial en la defensa de los derechos humanos y en la promoción de la transparencia y la rendición de cuentas en la sociedad paraguaya.

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